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💑 Visa de matrimonio · Florida

Visa de Matrimonio: Reúnase con su Cónyuge en EE.UU.

Tramitamos visas de matrimonio (IR-1/CR-1) y ajuste de estatus para cónyuges de ciudadanos y residentes permanentes.

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Abogado Luis Morales
Abogado Luis A. Morales
Admitido en Florida y Puerto Rico
Veterano del Ejército EE.UU.
20+ Años de Experiencia

Admitido en Florida y Puerto Rico · Derecho migratorio y familiar

Visas para Cónyuges de Ciudadanos y Residentes

Si está casado con un ciudadano americano o residente permanente, tiene derecho a solicitar una visa de inmigrante para vivir en los Estados Unidos. El proceso depende de si su cónyuge es ciudadano o residente, y de si usted está en EE.UU. o en el extranjero.

Los cónyuges de ciudadanos americanos tienen prioridad inmediata — no hay lista de espera. Los cónyuges de residentes permanentes deben esperar en la categoría de preferencia F2A, que puede tener tiempos de espera variables.

El Abogado Luis Morales, con experiencia en Florida y Puerto Rico, maneja peticiones de matrimonio tanto desde dentro como desde fuera de EE.UU., incluyendo casos con complicaciones como entradas sin inspección o estatus vencido.

Preguntas Frecuentes — Visa de Matrimonio

Para cónyuges de ciudadanos americanos en el exterior: IR-1 (matrimonio de más de 2 años) o CR-1 (matrimonio de menos de 2 años). Para cónyuges de residentes permanentes: categoría F2A, que tiene lista de espera. El Abogado Morales evalúa cuál aplica a su caso.

Para cónyuge de ciudadano americano: entre 12 y 24 meses. Para cónyuge de residente permanente: más tiempo, debido a la lista de espera por cuotas anuales. Los tiempos varían según el consulado y el país de origen del cónyuge.

Si su cónyuge está en EE.UU. con estatus legal válido (visa de turista, estudiante, etc.), generalmente puede ajustar estatus desde adentro presentando la petición I-130 junto con el I-485. Si entró sin inspección, el proceso puede ser más complejo.

Certificado de matrimonio, prueba del estatus del peticionante (pasaporte americano o tarjeta verde), evidencia de relación genuina (fotos, comunicaciones, viajes juntos), formularios I-130 e I-864 (declaración de patrocinio financiero), y documentos de identificación del beneficiario.

Sí. USCIS y los consulados evalúan si el matrimonio es bona fide (genuino). La entrevista consular puede ser intensa. Preparamos a nuestros clientes con toda la documentación necesaria para demostrar la autenticidad de su relación.

¿Casado con un ciudadano o residente? Contáctenos hoy.

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