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👨‍👩‍👧 Abogado de visas familiares · Florida

Reúna a su Familia en los Estados Unidos

Tramitamos peticiones I-130, visas K-1, visas de matrimonio y cancelaciones de condiciones para reunificar a su familia.

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Consulta gratuita — sin compromiso

Abogado Luis Morales
Abogado Luis A. Morales
Admitido en Florida y Puerto Rico
Veterano del Ejército EE.UU.
20+ Años de Experiencia

Admitido en Florida y Puerto Rico · Derecho migratorio y familiar

Servicios de Visas Familiares

Representación completa en cada paso del proceso para reunir a su familia.

Petición Familiar (I-130)

El primer paso para que un ciudadano o residente permanente peticione a un familiar y obtenga la residencia en EE.UU.

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Visa K-1 (Prometido/a)

Permite a su prometido/a extranjero/a ingresar a los EE.UU. para contraer matrimonio en un plazo de 90 días.

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Visa de Matrimonio

Para cónyuges de ciudadanos o residentes permanentes que desean emigrar a los Estados Unidos.

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Cancelación de Condiciones (I-751)

Elimina las condiciones de la residencia temporal obtenida por matrimonio y obtiene la residencia permanente.

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Preguntas Frecuentes — Visas Familiares

Los ciudadanos americanos pueden peticionar a cónyuges, hijos (menores y adultos), padres y hermanos. Los residentes permanentes pueden peticionar a cónyuges e hijos solteros. Los tiempos de espera varían según la categoría y el país de origen.

Depende de la relación y el país de origen. Los ciudadanos que peticionan a cónyuges, padres e hijos menores solteros tienen prioridad inmediata. Para otras categorías (hermanos, hijos adultos), la espera puede ser de varios años. Le evaluamos su caso en la consulta gratuita.

La Visa K-1 es para prometidos/as — permite entrar a EE.UU. y casarse aquí en 90 días. La Visa de Matrimonio (IR-1/CR-1) es para quienes ya están casados y el cónyuge está en el extranjero. Ambas llevan a la residencia permanente, pero tienen procesos distintos.

Si lleva menos de dos años de casado cuando obtiene la residencia, le otorgan una 'tarjeta verde condicional' válida por 2 años. Antes de que expire, debe presentar el Formulario I-751 para eliminar esas condiciones y obtener la residencia permanente de 10 años.

Depende de la situación. En algunos casos sí es posible tramitar el ajuste de estatus desde dentro de EE.UU. En otros, puede ser necesario salir y procesar en el consulado, lo que conlleva riesgos adicionales. Es fundamental evaluar cada caso individualmente.

¿Desea reunir a su familia? Contáctenos hoy.

Luis Morales Legal, PLLC
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Sirviendo Orlando, Kissimmee, St. Cloud,
Poinciana y toda la Florida Central

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